martes, 26 de enero de 2021

Informan sanciones a autores de profanación de bustos de José Martí

Panter Rodríguez Baró (izquierda), de 44 años, con múltiples antecedentes policiacosYoel Prieto Tamayo (derecha), de 29 años. Foto: Razones de Cuba.
 
La Habana, 26 ene (ACN) El Tribunal Provincial Popular de La Habana informó hoy las sanciones a los autores de la profanación de bustos de José Martí en esta capital.
A continuación transmitimos la nota informativa a partir del juicio oral y público celebrado por el Tribunal Municipal de Plaza de la Revolución.
El Tribunal Provincial Popular de La Habana da a conocer la nota informativa siguiente:
El 21 de diciembre de 2020 fue celebrado el juicio oral y público de la Causa 61 de 2020, del Tribunal Municipal Popular de Plaza de la Revolución, seguida por los delitos de difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires, de carácter continuado, y de daños a bienes del patrimonio cultural, en la que comparecen como acusados Panter Rodríguez Baró, Yoel Prieto Tamayo y Jorge Ernesto Pérez García.
El tribunal dio por probado que los acusados Panter Rodríguez Baró y Yoel Prieto Tamayo, puestos de común acuerdo para desacreditar la imagen de José Martí, compraron seis piedras de la droga conocida comúnmente como cocaína con parte del dinero recibido por una ciudadana cubana residente en los Estados Unidos, la que consumieron para la realización de los eventos delictivos.
Aprovechándose de la oscuridad de la noche y la escasez de personas en las calles a esas horas, en la madrugada del primero de enero de 2020, comenzaron a derramar sangre de cerdo sobre cuantos bustos y pancartas de nuestro Héroe Nacional y demás próceres de la Revolución se encontraban en las vías públicas, entre los cuales se encontraba el busto de José Martí situado en la editorial de la revista Bohemia, declarado patrimonio cultural de la nación cubana, conforme los requisitos establecidos en la Ley No. 1/77, «De protección al patrimonio cultural».
Estas acciones fueron grabadas con el móvil del acusado Jorge Ernesto Pérez García, quien las remitió a sus vínculos residentes en los EE.UU., que las publicaron para el mundo en las redes sociales de Facebook, Instagram y otros sitios.
Los jueces actuantes, luego de valoradas las pruebas practicadas en la vista oral, consideraron responsable al acusado Panter Rodríguez Baró de los delitos imputados y le apreciaron las agravantes reguladas en el Artículo 53 b), h) y ll), así como la agravación extraordinaria de los artículos 54.2 y 54.4 del Código penal, y su carácter de multirreincidente en la comisión de ilícitos penales, conforme el Artículo 55.2 y 3 ch) de la propia norma penal.
Se sancionó autor ejecutor de un delito de difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires de carácter continuado, previsto y sancionado en el Artículo 204, en relación con el 11.1, del Código penal, a cinco años de privación de libertad, y por un delito de daños a bienes del patrimonio cultural, previsto y sancionado en el Artículo 243 del propio Código, a 12 años de privación de libertad y, como sanción conjunta y única a cumplir, 15 años de privación de libertad y, como sanción accesoria, la prevista en el Artículo 37.1 y 2 del mencionado cuerpo legal, referida a la privación de sus derechos públicos por igual período, con la consiguiente responsabilidad civil de reparar el daño material causado, en correspondencia con el valor del bien afectado.
Al acusado Yoel Prieto Tamayo le fue apreciada las agravantes reguladas en el Artículo 53 b), h) y ll) y la agravación extraordinaria del Artículo 54.2. Se sancionó como autor ejecutor de un delito de difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires de carácter continuado, previsto y sancionado en el Artículo 204, en relación con el 11.1, del Código penal, a dos años de privación de libertad, y por el delito de daños a bienes del patrimonio cultural, previsto y sancionado en el Artículo 243 del propio Código, a siete años de privación de libertad y, como sanción conjunta y única a cumplir, nueve años de privación de libertad y, como sanción accesoria, la prevista en el Artículo 37.1 y 2 del mencionado cuerpo legal, referida a la privación de sus derechos públicos por igual período, con la consiguiente responsabilidad civil de reparar el daño material causado, en correspondencia con el valor del bien afectado.
Al acusado Jorge Ernesto Pérez García, como autor ejecutor de un delito de difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires de carácter continuado, previsto y sancionado en el Artículo 204, en relación con el 11.1, del Código penal, a un año de privación de libertad y, como sanción accesoria, la prevista en el Artículo 37.1 y 2 del mencionado cuerpo legal, referida a la privación de sus derechos públicos por igual período, con la consiguiente responsabilidad civil de reparar el daño material causado, en correspondencia con el valor del bien afectado.
Tanto en la tramitación de la causa como en el acto del juicio oral el proceso contó con el cumplimiento de las garantías procesales establecidas y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República.
A los sancionados y a la Fiscalía les asiste el derecho de interponer recurso de apelación contra dicha decisión del órgano judicial.

10 comentarios:

  1. me parece muy bien !!! porque sino son castigados bien fuerte , seguramente habra otros , que querran hacer terrorismo en Cuba , no se puede dejar pasar , ningun ataque del imperialismo , porque no seamos ingenuos , atras de estos esta la CIA , ... Cuba se defiende !!! y al que no le guste , que se vaya a N York a morirse de hambre y como esclavo , sin derecho a nada ...

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  2. Coincido Arturo. Gracias por tu comentario.

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  3. Se acuerdan de los 7 estudiantes de Medicina? Que los fusilaron por profanar la tumba de un general si mas no recuerdo? A estos le dieron poco...todo el que intente sabotaje, actos delictivos en Cuba y demas deberian de pasarle por la cabeza 20 o mas años...!! Acabar con la delicuencia...vamos a ver si ahora la que los impulso a eso y Otaola le va a llevar la jabita...!! Siganle haciendo caso a esos delincuentes...

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  4. Si es justo y es una pena que Cubanos que se dicen patriotas, traten de denigrar Cuba, porque nuestra patria esta bautizada, con los hombres y mujeres nobles que han dado su su sangre por la patria.

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  5. Si es justo y es una pena que Cubanos que se dicen patriotas, traten de denigrar Cuba, porque nuestra patria esta bautizada, con los hombres y mujeres nobles que han dado su su sangre por la patria.

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  6. El bandalismo en Cuba no se puede permitir jamás, es bueno que paguen por traición a la Patria.

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  7. Profanar la memoria de Martí es profanar lo más puro del alma cubana.Correcta la sanción.

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  8. No es justo para los revolucionarios ver eso merecían 30 años de cárcel con trabajos forzados

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  9. Manos duras con los detractores de la Revolución.Y ésos que están formando algarabía frente a las instituciones de la cultura.Cuero con ellos por limosneros.

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